jueves, 6 de diciembre de 2007

Proyecto de Extensión Universitaria

Por Resolución de 1648/2007, de Rectorado Universidad Nacional de Cuyo es aprobada la propuesta por la Profesora Bibiana Vaquer y colaboradores, mediante la cual se implementará durante los meses de Febrero - Marzo de 2008 en: Institutos Superiores de Formación Docente (Dirección General de Escuela - Mendoza - Arg.), el "Taller de Intervención Docente, para abordar los indicios que anteceden al conflicto y a la violencia potencial en el ámbito escolar".

martes, 4 de diciembre de 2007

Entrevista a la Profesora Bibiana Vaquer en la Facultad de Filosofía y Letras. U.N.Cuyo. Mendoza. Argentina


Esta entrevista fue realizada en la Facultad de Filosofía y Letras, U.N.Cuyo, Mendoza, Argentina, a la Profesora Bibiana del Pilar Vaquer, Magister en Educación. Ella nos relató su experiencia con sus alumnos mediadores en la Ciudad de Bailén, Andalucia, España.


miércoles, 28 de noviembre de 2007

Bibiana Vaquer visita nuestro colegio.



Blog del Grupo de Trabajo de Mediación Escolar
del CEIP-TIC Pedro Corchado

Nota públicada: El Corchado Mediación

El martes pasado, día 16 de octubre, tuvimos el placer de recibir en nuestro colegio, "Pedro Corchado", a Bibiana Vaquer.
Bibiana es la ponente que durante esta semana está impartiendo los cursos de Mediación Escolar entre iguales, en la Casa de la Cultura de Bailén.

Ella es algo más que una ponente, es una amiga, cercana a todos; sobre todo a los niños, que la adoran y comparten con ella sus inquietudes. Durante las horas que pasamos junto a ella, los alumnos/as mediadores/as que en el curso anterior se formaron con ella, intercambiaron las experiencias vividas en sus centros.

En este encuentro, participaron alumnos/as de nuestro centro y del Colegio "Sagrado Corazón". Fue una experiencia positiva y ha servido para avivar en estos chicos/as el espíritu mediador que Bibiana supo hacer germinar en ellos el curso pasado.

EL CONFLICTO EN LA ESCUELA APORTES PARA SU DIAGNÓSTICOS, PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN

Presentación del libro
Nota publicada: E-Mediación

DECIR .S.A nos invita a la presentación de un libro de autores mendocinos, El Conflicto en la Escuela. Aportes para su diagnóstico, prevención y resolución, resultado de una labor de investigación en el marco de la Universidad Nacional de Cuyo. Para mayor información, pueden contactar a Bibiana Vaquer de Lúquez, e-mail: bibiluva@hotmail.com

COMPARTIR ES PARTICIPAR, razón que motiva invitar a las autoridades de centros educativos, docentes de todos los niveles, padres, alumnos y público en general a la presentación del libro: “El Conflicto en la Escuela . Aportes para su diagnóstico, prevención y resolución”, configurado por un equipo de investigadores en educación, comprometidos en promover una mejor convivencia en los espacios escolares. Coordinado por la Mgter. Bibiana Vaquer de Lúquez y declarado de Interés Académico Universitario (UNCuyo), Interés Educativo (DGE) e Interés Legislativo (H. Cámara de Senadores), esta obra profundiza temáticas que implican a la sociedad en su conjunto.

El evento se realizará el día Martes 12 de Diciembre a las 19.30 hs, en el salón de actos del Colegio Nacional Agustín Alvarez, cito en calle Chile 1050 de la ciudad de Mendoza. Para mayor información, pueden contactar a Bibiana Vaquer de Lúquez, e-mail: bibiluva@hotmail.com

miércoles, 21 de noviembre de 2007

MIRADA POSITIVA A LA LEY DE EDUCACIÓN

Nota: Publicada en Diario Uno de Mendoza – Argentina

Opinión.

Una especialista en temas educativos analiza la nueva norma legal nacional y destaca los puntos en los que se ha profundizado el estudio de nuestra realidad.

Bibiana Vaquer.
Magister en Educación,
profesora e investigadora de la UNCuyo


El nuevo instrumento legal, la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, a través de 12 títulos, 26 capítulos y 145 artículos, presenta una clara redacción y una secuencia apropiada para su comprensión, incorpora temáticas y vocabulario que promueven acciones positivas para mejorar el Sistema Educativo Argentino (SEA) acorde a la realidad del siglo XXI.

Desde la mirada docente y el compromiso profesional, destaco 16 puntos en la nueva normativa que a mi parecer resultan novedosos y positivos para optimizar el sistema, sus unidades y actores. Este análisis es una invitación para su conocimiento, que de ninguna manera abarca ni agota los contenidos de la misma, a saber:


· A través del título IX, artículo 132 se deroga la nefasta ley 24.195 /93 y sus normas complementarias y aclaratorias.

· Modifica la estructura del SEA, comprendiendo cuatro niveles: Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria y Educación Superior, destacando la ampliación y obligatoriedad del nivel medio divido en dos ciclos: Básico y Orientado (título II, capítulo I, 16 y 17).

· Explicita el tratamiento de la política educativa, dando mayor sentido al tratamiento de la misma al fijar numerosos fines y objetivos, incluyendo entre ellos “el desarrollo de todas las dimensiones de la persona… ” rescatando un vocabulario reflexivo y promoviendo hacia “…una formación ciudadana comprometida con valores éticos y democráticos, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad…”, “…comprometer a los medios masivos de comunicación a asumir mayores grados de responsabilidad ética y social por los contenidos y valores que transmiten”, expresados en 23 incisos, que cada uno de ellos justificaría ampliamente jornadas de trabajo y reflexión entre autoridades, docentes y alumnos.

· Recupera la educación rural, con objetivos precisos, respetando las necesidades y particularidades de la población de zonas rurales, lo cual fortalece la autonomía institucional implicando la periódica revisión y adaptación curricular.

· Un lugar propio se le da a la educación en contextos de privación de libertad, con varios objetivos, entre los que rescato como valiosos el “contribuir a la inclusión social de las personas privadas de libertad a través del acceso al sistema educativo y a la vida cultural”. Contempla además la atención educativa para los niños a partir de los 45 días a 4 años, nacidos y/o criados en estos contextos.

· En el título IV recupera un tema fundamental, “Los/as docentes y su formación”, en cuyo texto fortalece y enaltece la profesión, a través de los objetivos propuestos. Admite dos opciones, que abren caminos de especialización acorde a las aptitudes personales, ofertando: desempeño en el aula y de la función directiva y de supervisión. Se crea el Instituto Nacional de Formación Docente, que además contará con la asistencia de un consejo consultivo con amplia participación democrática.

· Algo novedoso lo aporta el título V cuando trata “Políticas de promoción de la igualdad educativa”, a través de las cuales se “deberán asegurar las condiciones necesarias para la inclusión, el reconocimiento, la integración y el logro educativo de todos/as los/as niños, jóvenes y adultos en todos los niveles y las modalidades…”. Protege el acceso y la permanencia en la escuela de alumnas en estado de gravidez y la continuidad de sus estudios, contemplando que lo puedan cursar en la modalidad domiciliaria y hospitalaria. Un dato curioso y novedoso es que se menciona específicamente que “las escuelas contarán con salas de lactancia” (artículo 81).

· En el título denominado “Disposiciones específicas” pasan casi desapercibidos temas muy valiosos para la educación del siglo XXI, como es la enseñanza de un idioma extranjero obligatorio en todas las escuelas de nivel primario y secundario del país , el acceso y dominio de las tecnologías de la información y comunicación, contenidos curriculares indispensables para la inclusión en la sociedad del conocimiento, explicitado en otro título, “Educación, nuevas tecnologías y medios de comunicación” , y por último la inclusión de la educación ambiental en todos los niveles y modalidades del SEA, “con la finalidad de promover valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un ambiente equilibrado y la protección de la diversidad biológica, que propendan a la preservación de los recursos naturales y a su utilización sostenible y que mejoren la calidad de vida de la población”.

· Se establece que formarán parte de los contenidos curriculares comunes a todas la jurisdicciones, los siguientes temas puntuales (pueden ser consultados en su totalidad en el artículo 92 y sus 6 incisos): fortalecimiento de la perspectiva regional latinoamericana, la causa de la recuperación de nuestras Islas Malvinas, ejercicio y construcción de la memoria colectiva sobre los procesos históricos y políticos, conocimiento de los derechos de los/as niños/as y adolescentes, conocimiento de la diversidad cultural de los pueblos indígenas y sus derechos, contenidos y enfoques que contribuyan a generar relaciones basadas en la solidaridad y respeto entre los sexos, eliminando toda forma de discriminación sobre la mujer.

· Se reconoce la educación a distancia como una opción pedagógica y didáctica aplicable a los distintos niveles y que la misma incluye los “…estudios conocidos como educación semipresencial, educación asistida, educación abierta, educación virtual…”, fijando además un piso etario como alternativa para jóvenes y adultos.

· En educación no formal, amplía y respalda el campo de intervención al establecer entre sus objetivos la “implementación de estrategias de desarrollo infantil…para atender integralmente a los niños entre 45 días y 2 años” y propone coordinar acciones educativas y formativas con los medios de comunicación social, “lo cual es un anhelo generalizado por toda la sociedad”.

· Establece la separación con Cultura y se denomina Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, autoridad de aplicación de la presente ley y establece sus funciones a través de 9 incisos.

· El Consejo Federal de Educación incorpora entre los consejos consultivos el de Políticas Educativas y de Actualización Curricular, que aunque no está explícito en la ley, se propone revisar los contenidos curriculares, cada cinco años, como máximo.

· Dentro del título de “Gobierno y Administración del Sistema”, hay un capítulo (V), dedicado a la institución educativa, célula básica del Sistema Educativo Argentino (SEA) , en donde está explicitada y precisada su función y la de los actores que la integran. Establece criterios generales para la organización interna (todos valiosos a mi criterio) destacando los incisos b) “ …promover modos de organización institucional que garanticen dinámicas democráticas…”, i) “Definir su código de convivencia” y j) “Desarrollar prácticas de mediación que contribuyan a la resolución pacífica de conflictos”.

· Los incisos citados textualmente avalan una amplia trayectoria personal de investigación educativa en lo referido a estas temáticas, hoy imprescindibles en los contextos escolares y en la formación inicial del docente. Incisos que además respaldan la mayoría de los derechos de los alumnos (10) y de los deberes (7) que promueven la implementación de acciones que incentivan al estudio, esfuerzo, participación, respeto, colaboración, asistencia y conservación, palabras que requieren ser usadas con mayor frecuencia entre los protagonistas directos del milagro educativo.

· En cuanto a los derechos y deberes de los/as alumnos/as (artículos 126 y 127) todos son valiosos, pero destaco algunos incisos, entre los derechos: d) “Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral” y entre los deberes: a) “ Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades” y d) “Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio en la institución, respetando el derecho de sus compañeros/as a la educación y las orientaciones de la autoridad, los/as docentes y los/as profesores”.

· Personalmente sugiero que estos dos artículos precedentes sean analizados en su totalidad por los docentes y trabajados en el aula con los alumnos, que además deben saber, comprender y respetar que están fijados por ley y como tal deben ser valorados y cumplidos a través de sus acciones escolares, como también, hablar de los derechos y deberes de los padres, madres o tutores, actores reconocidos como agentes naturales y primarios de la educación, para destacar que deben “ asegurar la concurrencia de sus hijos… a los establecimientos escolares…”. “Respetar y hacer respetar a sus hijos/as… la autoridad pedagógica del docente y las normas de convivencia de la unidad educativa”.

· Entre las disposiciones transitorias y complementarias, las cuales considero muy precisas y acertadas, se menciona el cambio en la denominación de “institutos de educación superior” en lugar de instituciones de educación superior no universitaria, la opción temporal entre las dos estructuras para los niveles de Educación Primaria y Secundaria: 6 y 6 años o 7 y 5 años respectivamente, la vigencia de la Ley 26.058 para regular la Educación Técnica, el plazo para regular el séptimo año de escolaridad, el diseño a término de la educación obligatoria, la concertación técnica de políticas de formación docente y la invitación para efectuar reformas necesarias en la legislación que regula la actividad laboral y profesional del docente (artículo 141).

En síntesis y de acuerdo a mi trayectoria y experiencia en el campo educativo, considero que esta nueva norma legal, Ley de Educación Nacional Nº 26.206, sancionada y promulgada durante diciembre de 2006, es un instrumento valioso que promueve acciones positivas para optimizar el sistema, reitera la promesa prescripta de “garantizar” (palabra mencionada 40 veces en el texto de ley) todas las propuestas y motiva para volver a trabajar en pos de la recuperación de un sistema educativo argentino de calidad.

Fecha de la Nota: Lunes 9 de abril de 2007